lunes, 21 de octubre de 2013

Subversado, sobre la sentencia de Estrasburgo

Hecha la ley, hecha la trampa (la trampa era la doctrina Parot).
En primer lugar explicaré en qué consiste la doctrina Parot. Un preso puede estar un máximo de 30 años en la cárcel. Antes, las reducciones de condena (por buen comportamiento o lo que sea) se aplicaban sobre esos 30 años, así que nunca llegaban a cumplirse.
Pero a partir de la doctrina Parot, desde 2006, se empezaron a quitar años al total de la condena, no a esos 30, de manera que si estabas condenado a 200, te reducían de ahí y podías llegar a cumplir 30.
Esta doctrina no se ha aplicado sólo a presos de ETA, sino también a otros criminales.
Anda, he dicho criminales. Sí, dícese del que comete crímenes. Un asesinato (matar a alguien que no puede defenderse) es un crimen. Dos entradas más abajo, Alternatiba les llama presos políticos. Bien, yo no; aunque firmara por la libertad de los detenidos de Herrira como en su día firmé por la de Arnaldo Otegi, perdono, pero no olvido.
Por una paz con memoria.

No sé si seguiré luego.

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